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MP dice que decisión de Corte de Apelación reafirma solidez de investigación en caso Senasa

Ministerio Público


Santo Domingo.- La Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó la prisión preventiva contra Santiago Marcelo Francisco Hazim Albainy, señalado como principal cabecilla de una red corrupta que estafó al Estado dominicano con más de 14 000 millones de pesos destinados a los servicios de salud de los más de siete millones de afiliados del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa).

La decisión fue adoptada tras acoger la solicitud del Ministerio Público, que sostiene que los fondos saqueados debían garantizar la atención sanitaria de millones de ciudadanos.

“Una vez más, un tribunal reconoce la fortaleza de la investigación realizada por el Ministerio Público y la gravedad de los hechos que envuelven este proceso”, afirmó el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Dirección General de Persecución, quien encabezó el equipo de fiscales durante las audiencias que concluyeron la madrugada de este jueves.

Camacho reiteró que el daño ocasionado al seguro estatal de salud reviste una gravedad excepcional. “Nosotros lo hemos dicho desde el día uno: la afectación que se hizo al seguro de salud SeNaSa, un seguro que alberga a más de siete millones de dominicanos, es una situación calamitosa y sumamente grave. Con las evidencias aportadas por el Ministerio Público, debía imponerse prisión preventiva”, sostuvo.

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Agregó que “se impuso la prisión preventiva en el primer grado y se ha mantenido la prisión preventiva para todos los imputados que apelaron”.

“Nos parece una decisión adecuada, proporcional no solo a la gravedad del hecho, sino también al daño que debe ser resarcido por la afectación que este proceso produce sobre millones de dominicanos y dominicanas”, indicó.

El procurador adjunto calificó la decisión como un éxito de la investigación desarrollada bajo los lineamientos de la procuradora general Yeni Berenice Reynoso. “Es un estímulo para el Ministerio Público seguir trabajando para que todo el que haya participado en este proceso comparezca ante los tribunales a responder por sus hechos”, expresó.

Reiteró que, como ha señalado en ocasiones anteriores, “habrá tantas vueltas de Operación Cobra como lo amerite el caso”.

“Estamos avanzando. Se trata de una investigación abierta y debemos cuidar los detalles para no afectarla, pero les aseguro que muy pronto nos estaremos viendo de nuevo hablando de la versión 2.0 de Operación Cobra”, aseguró.

“Todo el que haya participado en este entramado se presentará ante los tribunales, se los aseguro”, añadió Camacho, quien representó al Ministerio Público junto al procurador de Corte Héctor García y los fiscales Yudelka Holguín, Ernesto Guzmán Alberto y Aurelio Valdez.

IMPUTADOS Y DECISIÓN DEL TRIBUNAL

Al fallar sobre el fondo de la apelación, la corte desestimó los recursos interpuestos por Hazim Albainy, Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speaklear Mateo y Ada Ledesma Ubiera.

En consecuencia, “confirma en todas sus partes la resolución impugnada, que impuso la medida de coerción consistente en prisión preventiva por un espacio de 18 meses contra los indicados imputados”.

El tribunal, integrado por los magistrados Isis Muñoz, presidenta, Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez, rechazó además el planteamiento de inconstitucionalidad formulado por la defensa de Santiago Hazim respecto del artículo 377, numerales 2 y 3, del Código Procesal Penal.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La corte explicó que la defensa incurrió en un error al pretender supeditar la vigencia de la prisión preventiva al plazo de la investigación. Señaló que esta medida cautelar “no tiene como única finalidad garantizar la recolección de elementos de prueba, sino primordialmente asegurar la presencia del imputado durante todas las etapas del proceso, incluyendo la etapa intermedia y el juicio”.

Recordó que, aunque el Tribunal Constitucional refuerza el carácter dinámico y revisable de la prisión preventiva, “bajo ninguna circunstancia puede interpretarse como una anulación del techo legal de los 18 meses”.

“En ese sentido, la supuesta desproporción alegada por el recurrente es inexistente, por lo que el texto normativo no violenta en modo alguno la Constitución”, indicaron los jueces antes de la lectura del dispositivo que ratificó las medidas impuestas en diciembre pasado por el juez Rigoberto Sena Ferreras, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.

Sena Ferreras también impuso arresto domiciliario, presentación de garantías económicas e impedimento de salida del país a los coacusados Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, procesados como parte del entramado corrupto que desvió fondos públicos en perjuicio de los contribuyentes.

El caso tuvo su origen en una investigación periodística difundida en el programa televisivo “N Investiga”, conducido por la periodista Nuria Piera, lo que dio paso a las indagatorias del Ministerio Público, así como a los arrestos y procesos judiciales actualmente en curso.