Presos
Desde el 2012, hace doce años, los últimos tres Gobiernos no han concedido indultos presidenciales, a pesar de que el presidente de la República tiene la facultad constitucional de perdonar y liberar reclusos. Esta facultad está establecida en el artículo 128 de la Constitución, que permite al mandatario otorgar indultos tres veces al año: los días 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre. Sin embargo, no se han otorgado indultos desde febrero de 2012.
El presidente Luis Abinader ya ha dejado claro que no concederá indultos durante su nueva gestión, al igual que lo hizo en sus primeros cuatro años de gobierno. Anteriormente, su predecesor, Danilo Medina, tampoco utilizó esta facultad durante sus ocho años en el poder. Para algunos sectores, esta omisión puede considerarse un incumplimiento o "violación" de la Constitución.
El indulto presidencial ha sido objeto de controversia desde diciembre de 2008, cuando el entonces presidente Leonel Fernández liberó a Vivian Lubrano de Castillo, involucrada en el famoso fraude del Baninter, así como a otros sentenciados por el caso Plan Renove. Estos indultos generaron un fuerte debate público, que culminó en la presentación de un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC).
El TC rechazó este recurso en 2015, pero exhortó al Congreso a aprobar una ley que regule el indulto presidencial, definiendo las condiciones bajo las cuales se puede conceder. No obstante, hasta la fecha no se ha avanzado en la creación de esta normativa, lo que ha llevado a algunos a cuestionar la inacción del Congreso y la "petrificación" de la figura del indulto.
La última vez que se concedió un indulto presidencial fue en febrero de 2012, cuando el propio Leonel Fernández liberó a seis reclusos con enfermedades terminales. Desde entonces, no ha habido más indultos, y la pregunta persiste: ¿Se está violando la Constitución al no ejercer esta facultad presidencial?